El gran éxito de la crítica se debe sobre todo a que todo el mundo la ejerce a nivel profesional o aficionado, que para eso está Internet, jejejej.
Los jardines del campo grande estuvieron animados hasta altas horas de la noche aunque no hasta bajas horas de la madrugada, jejejeje.
La fiesta no para. Valladolid ciudad de la fiesta. Sensacionales pinchos en las casetas de día y de noche también porque oscurece antes, jejejeje.
DISFRUTADA DE VUESTROS DÍAS DE ASUETO Y OS RECUERDO VUESTROS DERECHOS CÓMO TRABAJADORES CON LA NUEVA REFORMA LABORAL, ES GRATIS.
reforma laboral en ESPAÑA 2012
Me hago eco de la revista DINERO Y DERECHOS de este verano, con la nueva ley laboral el empresario puede hacer cambios substanciales dentro de su propia empresa del tipo un camarero puede hacer limpieza del suelo o fregar en la cocina y si sabe algo de cocina, pues cocinar, todo según convenio, se llama trasvase vertical y en códigos económicos viene a decir que colabores de buena gana en el buen funcionamiento del negocio y que hagas lo que sepas por ley, a mi me parece bien pues es una manera de que el empresario se anime a crear una empresa pues se abaratan gastos de contratación y un sólo trabajador o un par de ellos hacen las funciones de cuatro o cinco, y de esta forma se crean más empresas...en los negocios familiares las cosas son así, la parienta cocina, barre, fiega, atiende a las mesas, a los clientes, etc...y, la verdad, el sector servicios va a descollar porque intuyo que vamos a ser un destino turístico muy cotizado, montar un negocio en la costa es toda una inversión exitosa, ahí queda eso. EN CUANTO AL CAMBIO DE DESTINO hay que distinguir entre traslado y desplazamiento y si es menos de tres años o por ahí el tiempo que va a estar la empresa desplazada no hay que informar al trabajador con 30 días de antelación, si no te gusta extinción del contrato y todod legal SI HAY MENOS TRABAJO PARA LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA lo que hay que hacer es intentar expugnar la acción ante el juez colectivamente, esta situación puede bebeficiar a la larga al empresario y en consecuencia a los trabajadores, la ley dice que SI SE ADUCE CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN LA EMPRESA PUEDE REDUCIR TEMPORALMENTE LA JORNADA ENTRE UN 10 Y UN 70 POR CIENTO, O BIEN DEJAR LOS CONTRATOS EN SUSPENSO...y luego hay un tema distintos que es el del cambio de horario HAY QUE AVISAR AL TRABAJADOR INDIVIDUALMENTE SI LE AFECTA SÓLO A ÉL QUE VA A TENER UN CAMBIO DE HORARIO DE TRABAJO CON 15 DÍAS DE ANTELACIÓN PERO SI EL CAMBIO ES COLECTIVO SE AVISA SÓLO CON 7 DÍAS. Hay que tener en cuenta un dato muy importante: SI ERES CAMBIADO EN TUS FUNCIONES Y NO LO ACEPTAS ES LEGAL DESPEDIRTE POR FALTA DE ADAPTACIÓN O DE APTITUD Y SI CÓMO ALTERNATIVA AL CAMBIO TE DICEN QUE DIMITAS DE FORMA VOLUNTARIA TE QUEDAS SIN PARO...
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